¡ La duración de la jornada de trabajo se encuentra regulada por el capítulo II del Titulo Tercero de la Ley Federal del Trabajo.
¡ Art 37.- el señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los siguientes casos:
¡ I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
¡ 2. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador
¡ 3. Y en los demas casos previstos en esta ley.
¡ La duración de esta jornada en el derecho mexicano tiene un máximo diurna, siete la nocturna y siete y media para la mixta .
¡ Se establece que el trabajador y el patrón establecerán esta jornada del trabajo ro sin exceder los máximos legales.
¡ También se faculta a los trabajadores y al patrón para que se distribuyan las horas del trabajo.
¡ En la fracción XXVII del art 123 Constitucional estípula que serán condiciones nulas y no obligaran a los contrayentes las que establezcan una jornada inhumana y excesiva.
¡ Mientras que en la Ley en la frac. VII del art 22 , modifico ligeramente la redacción al hablar de jornada notoriamente excesiva o peligrosa para la seguridad del trabajador.
Articulo 67 de la Ley Federal del Trabajo.
¡ Las horas de trabajo extraordinario se pagaran con ciento por ciento del salario que corresponda a las horas de la jornada.
José Rafale Alanis
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