domingo, 10 de abril de 2011

Concepto De Relación Laboral.

Son los vínculos que se establecen en el ámbito del trabajo . Por lo general hacen referencia a las relaciones entre el trabajo y el capital en el marco del proceso productivo.
Las relaciones laborales se encuentran reguladas por un contrato de trabajo.
En la actualidad la Ley Federal del Trabajo protege más al trabajador de la explotación de los patrones. Uno de los principales problemas de las relaciones laborales son las prestaciones ya que el patrón en algunos casos no cumple con lo estipulado en la misma ley para mencionar un ejemplo: las empresas textiles y de maquila.(1.- Ley Federal de Trabajo).

El patrón debe tener un panorama muy amplio para con sus trabajadores o sindicato y cumplir sus necesidades sin llegar al paternalismo.
En lo realizado veremos los derechos y obligaciones tanto de los patrones como de los trabajadores por lo tanto la ley regula a cada uno de estos grupos como un tercero en discordia con el fin de mantener la congruencia entre dichos miembros.
Para eso necesitamos saber el resultado del contenido de un orden general de relaciones de derecho establecido, desde luego más permanentes de menor limitación en su alcance.

(2.- Código civil)Las obligaciones en términos generales se clasifican en función de la naturaleza de su objeto como lo menciona el Artículo 1824 del Código Civil se dice:
I.- La cosa que el obligado debe de dar.
II.- El hecho que el obligado debe hacer o no hacer.

Derechos y obligaciones laborales para trabajadores y patrones.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título Sexto, Artículo 123, Apartado A y constituyen el marco jurídico que regula la relación laboral de los trabajadores.
Todo trabajador tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, bajo condiciones que aseguren la vida, salud y un nivel económico decoroso para él y su familia. No pueden hacerse distinciones por raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social y se debe promover y vigilar la capacitación y adiestramiento del trabajador.                     
TRABAJO
Es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta. Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.
MARCO JURÍDICO
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 123, y constituyen el marco jurídico que regula la relación de trabajo. No pueden hacerse distinciones por motivos de edad, sexo, raza, credo religioso, doctrina política o condición social.
CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO
((1)Art. 25 y 56; 279 al 284).
Miriam Vazquez.
  

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