miércoles, 25 de mayo de 2011

JORNADA LABORAL


Las horas del día en que el trabajador esta en disposición del patrón a realizar el trabajo
Duración de la jornada
Ocho horas máximo
Tipos de jornada

Jornada de diurna es la comprendida entre las 6 y las 20 hrs. y no podrá exceder de 8 hrs.
Jornada nocturna es la comprendida entre las 20 hrs y las 6 de la mañana y su duración es de 7 hrs.
Jornada mixta es la que comprende periodos  de trabajo de las dos anteriores.
Descanso semanal
Es el derecho del trabajador consistente es no prestar servicios contratados durante las 24 hrs consecutivas, una vez en la semana en día predeterminado, sin perjuicio de la remuneración
Días festivos
Son los que debido a causas de orden nacional, político o religioso son declarados no laborables
En la legislación mexicana son festivos
1º. De enero
5 de febrero
21 de marzo
1º. De mayo
16 de septiembre
20 de noviembre
1º. De diciembre
25 de diciembre
Vacaciones
Derecho otorgado al trabajador para interrumpir ek trabajo por orden del patron durante un periodo mínimo de días determinados en la ley o en el contrato, cuya extensiva varia en funcion de la antigüedad en el empleo. esta suspensión es con el fin de reparar energías y regresar a continuar el trabajo con buena disposición física y moral.

Alan Barraza

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