miércoles, 25 de mayo de 2011

DÍAS DE DESCANSO, 7 DÍA Y LOS DÍAS OBLIGATORIOS.


Referencia legal.
}  articulo 69
por cada 6 dias de trabajo el trabajador disfrutará de un día de descanso con goce de salario integro.
}  articulo 70
en los trabajos que requieran una labor continua los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los dias en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.
}  articulo 71
en los regalmentos de esta ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo; si lo trabaja tendrá derecho a la prima dominical del 25% por lo menos.
}  articulo 73
los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en dias de descanso si lo trabaja se le pagará doble.
}  articulo 74
son dias de descanso obligatorio:
}  i.-1° de enero
ii.-primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
iii.-tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
iv.-1° de mayo
v.-el 16 de septiembre
vi.-tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
vii.-el 1° de diciembre cada 6 años cuando correspinda a la transmisión del poder
ejecutivo federal.
viii.-25 de diciembre.
ix.-el que determinen las leyes federales y locales electorales.
el descanso semanal
}  es el descanso de un día a la semana que se le proporciona al trabajador y tiene origen eminentemente religioso. en la actualidad este descanso muestra otras justificaciones relacionadas con factores económicos, sociales, fisiológicos, etcétera.
}  hebreos.
}  tratado de versalles.
}  comentario de el brasileño víctor m. russomano.
}  el descanso del sábado por la tarde es una nueva práctica que poco a poco se está estableciendo contractualmente. algunas legislaciones de otros países lo reconocen. en españa, la ley establece un descanso semanal de día y medio ininterrumpido. en méxico, por el contrario, y a pesar de que es muy común ya en muchos centros de trabajo, nada establece la ley al respecto. 

Juan Carlos Herrera

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